martes, 23 de mayo de 2017

Proyecto de Intervención a la Municipalidad de San Cosme. 
A la honorable legislatura:
                         Me dirijo a Vuestra Honorabilidad con el objeto de poner en su consideración el presente proyecto de ley que tiene por objeto la intervención de la municipalidad de San Cosme.
                           A través del presente proyecto, se propone que se disponga la intervención del Departamento Ejecutivo y del Departamento Legislativo de la Municipalidad de San Cosme con fundamento en los hechos que son de público conocimiento producidos tras las declaraciones expresadas en medios de comunicación de orbita provincial como nacional, por parte de los integrantes de ambos departamentos y a quién les correspondería aplicar el principio jurídico de “A confesión de parte, relevo de pruebas” dado que la flagrancia de estas manifestaciones, adquieren Strepitus Fori institucional, al ser los mismos, además de integrantes activos de los departamentos ejecutivos y legislativos, miembros de una misma familia en grado directa.
                          De acuerdo con la información que ha circulado por los medios periodísticos, por parte de los actores, sin que mediara otra motivación más que la consideración feudal, patrimonial, autoritaria, abusiva que poseen ante el concepto de la “Cosa Pública”, trastocándola, travistiéndola, tal como si fuese un botín de guerra, los fondos públicos y los ciudadanos sancosmeños los rehenes de una banda delictual o asociada ilícitamente para desfalcar los fondos de la localidad mencionada, se hace menester este remedio institucional que obra en poder de los representantes del pueblo de la provincia de Corrientes.
                             La repercusión adquirió trascendencia nacional, haciéndose eco de la noticia todos los medios periodísticos del país, los que vienen considerando a esta situación como inédita por lo ridículo, desopilante, y entendido como proverbial culebrón, sino estuviese en juego la lucha contra la corrupción, mal considerado no sólo por eminente politólogos o filósofos, sino por corrientes de pensamientos enteras, como el principal problema de nuestras democracias contemporáneas.
                             También debe ponderarse que, de acuerdo con la información expuesta por investigaciones periodísticas, las ramificaciones de la posible organización delictual en cuestión se extenderían hacia todo el espectro definido como Occidente, no en su hacer, en su protagonismo o incidencia, sino como sucedáneos, como expresiones culturales de quiénes entienden delictualmente lo democrático, tal como se observa lo que sucede en la hermana República Federativa del Brasil.
                             Los hechos acaecidos en dicho municipio (las declaraciones de sus miembros, que como se sabe, además tienen relación familiar directa, son tan o más contundentes que el hecho en sí, pues de acuerdo a la sentencia bíblica, primero fue el verbo, o como diría Miguel Ángel, antes que la forma, la idea) tienen la suficiente envergadura como para provocar una situación de gravedad institucional que afecte el régimen municipal. Insistimos en esta suerte de Síndrome de Estocolmo, tal como en la Psicología, se define a un grupo de personas que durante un tiempo prolongado al estar de rehenes, manifiestan conductas, hasta asociativas o tolerables ante sus captores, en una especia de normalidad, para evitar la indignidad del ultraje o para mantener la expresión mínima de supervivencia. Nada más observar los índices sociales y su dependencia para con quiénes manejan (dado que no administran ni gobiernan, sino que lo toman como si fuese propio a la confianza que les ha sido conferida, circunstancial como condicionadamente) el municipio como para entender, la inequidad que padecen los sancosmeños y de los que no podemos apartar la mirada, menos aún, ante la propia confesión de los autores de estos “democraticidios” (Ver el neologismo en el siguiente enlace europeo, “Democraticidio el delito de los políticos contra la política”, González Cabañas, F.)  http://radspain.com/?p=13749
 De no prestarle la debida atención, esta situación puede extender su riesgo a un orden mayor y aumentar la inestabilidad, lo que pondría en peligro no sólo la vida del municipio sino que, trascendiendo sus límites, pueden conmocionar la vida toda de la provincia. Es muy importante tenerlo en cuenta para poder apreciar las múltiples e imprevisibles consecuencias que pueden aparejar una situación de crisis o gravedad institucional no solucionada en un municipio.
                             No obstante la autonomía consagrada constitucionalmente, la intervención es el más fuerte instrumento de control sobre el municipio y responde al principio mayor de la supremacía. Es muy importante, asimismo, recordar que esta medida obedece, en rigor, a la obligación que asume la Provincia con la Nación de garantizar el régimen municipal, de conformidad con el artículo 5° de la Constitución Nacional.
                           La forma republicana exige el funcionamiento coordinado de cada uno de los poderes constituidos para cumplir con los fines a su cargo y en caso de imposibilidad por parte de ellas o de hechos graves, como el acaecido, amerita su normalización por medio de los mecanismos con los que cuenta el Estado provincial para su regularización, en pos de una adecuada administración estatal y para tranquilidad de toda la comunidad de San Cosme.
                            La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación al referirse a la doctrina de la emergencia, ha dicho que: “… Corresponde a los poderes del Estado proveer todo lo indispensable para salvaguardar el orden público o bienestar general, lo que significa atender a la conservación del sistema político y del orden económico, sin los cuales no podría subsistir la organización jurídica sobre la cual reposan las libertades individuales” (Corte Sup., 13/8/1998, "Gutierrez, Alberto v. Ferrocarriles Argentinos", Fallos 321:1984).
                             Es pertinente al caso la doctrina de las circunstancias excepcionales expuesta en la jurisprudencia francesa, que sostiene que: “… según la fórmula del Consejo de Estado, en circunstancias excepcionales las autoridades administrativas pueden adoptar medidas exorbitantes de sus atribuciones normales con el objeto de proveer con extrema urgencia las necesidades del momento…” (Laubadére) ( “Héyriés”, 28-junio-918, citado por WEIL, Prosper – POUYAUD, Dominique y MONTEZANTI, Néstor Luis (traducción y anotaciones), EL DERECHO ADMINISTRATIVO, Editorial de la Universidad Nacional del Sur, Serie Docencia, 1ª Edición, Bahía Blanca, 2010, p. 120).                       
                           El artículo 236 de la Constitución de la Provincia establece que los municipios pueden ser intervenidos por ley en caso de grave alteración del régimen municipal, la confesión por parte de sus actores, en calidad de miembros integrantes de ambos departamentos como de miembros de una misma familia entronizada en el poder desde hace décadas.
                          Por las consideraciones expuestas solicito a Vuestra Honorabilidad el urgente tratamiento y ulterior aprobación del  proyecto elevado.

DIOS GUARDE A VUESTRA HONORABILIDAD

EL HONORABLE SENADO Y LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, SANCIONAN CON FUERZA DE
L    E    Y


ARTÍCULO 1º.- DISPÓNESE la intervención del Departamento Ejecutivo y del Departamento Legislativo de la Municipalidad de San Cosme, de conformidad con lo establecido por el artículo 236º de la Constitución de la Provincia de Corrientes.
ARTÍCULO 2º.- DISPÓNESE el cese del ejercicio en los cargos de Intendente, Viceintendente y concejales de la Municipalidad de San Cosme.
ARTÍCULO 3º.- EL Poder Ejecutivo de la Provincia designará la persona que ejercerá las funciones de Comisionado Interventor.
ARTÍCULO 4º.- LA intervención así dispuesta tendrá por objeto restablecer el normal funcionamiento del Departamento Ejecutivo y del Departamento Legislativo de la Municipalidad de San Cosme limitándose a atender exclusivamente los asuntos ordinarios con arreglo a las ordenanzas vigentes.  No podrá crear gravámenes ni contraer empréstitos u otras operaciones de crédito.
ARTÍCULO 5º.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo.

            Este proyecto fue realizado por el Centro de Estudios “Desiderio Sosa” a los efectos de que los señores legisladores, como medios de comunicación y ciudadanos puedan tomarlo, citando la fuente y redinamizarlo a los efectos de que San Cosme puede volver a tener un normal desenvolvimiento institucional. El Proyecto a nivel técnico, está referenciado en el 11952/17 que ingreso en Marzo pasado a los efectos de solicitar la intervención a la Municipalidad de Itatí y no será ingresado como iniciativa ciudadana, tal como lo hiciéramos el año pasado en virtud de presentar el proyecto de prórroga de mandatos, sino que consideramos necesario e indispensable el acompañamiento de los actores que el juego democrático determina para estos menesteres, reservándonos claro está, esto mismo.


viernes, 12 de mayo de 2017

Revolución de Representatividad en el Legislativo; La cámara de los Dipunadores.

La presente es la propuesta teórica que ofrecemos a todas y cada una de las repúblicas democráticas que se precien de representativas, a los efectos de que mediante la instauración en el pleno del poder legislativo, de la tercer cámara (allí donde existan dos) que daremos en llamar de Dipunadores. A diferencia de cómo se eligen los integrantes de los parlamentos tradicionales o clásicos, y de cómo resultan escogidos los representantes de los ejecutivos, los Dipunadores serán elegidos por la asamblea legislativa, o la suma de diputados y senadores. Para ello, se deberá crear un registro ciudadano, en donde como condición excluyente, estos deberán esgrimir no tener vinculo de consanguineidad, ni laboral, con ninguno de los miembros de las cámaras que elegirá esta. Asimismo y como condición final y sine quanon, los integrantes de estar tercer cámara legislativa no deben estar afiliados a ningún partido político que forme parte del sistema político clásico o tradicional. Una vez conformado el registro, el proceso será conducido por la Asamblea legislativa clásica o conformada para ello (suma de diputados y senadores) y luego de la revisión de estos impedimentos, se procederá a un sorteo (el sistema será adoptado a criterio de cada Asamblea) para elegir a los Dipunadores que serán en total, la suma de diputados y senadores. En esta tercera cámara legislativa, las comisiones o ámbitos de trabajo, serán compuestos por todos y cada una de las jurisdicciones en que se dividan políticamente los distritos, es decir que los Dipunadores de un determinado país legislarán en las comisiones en que se dividan en provincia, regiones o municipios. La función legislativa primordial, es decir como puerta de ingreso o inicio de las diferentes iniciativas parlamentarias, estará vinculada a la realización palmaria de la democracia en cuanto tal. Todos los proyectos que propongan, promuevan la instauración de una democracia más directa, más real, más vinculante entre representantes y representados, más inclusiva, más participativa y más transparente, se articulará mediante los Dipunadores. Como cámara de control, será la última que controle y determine la imposición del “ostracismo” político, suplantando al juicio político, para todos y cada uno de los integrantes del poder legislativo, del ejecutivo y del judicial. El ostracismo, tal como funciono en el  Grecia Antigua dispondrá además del alejamiento del funcionario a sus tareas, la invitación al destierro o el exilio forzado como penalidad manifiesta ante lo que se considere (un mal proceder político) traición a la patria. Algunas consideraciones menores antes del ejemplo ilustrativo y las posteriores fundamentaciones. Los Dipunadores, no podrán ser reelectos por ningún período, en su conformación global se propenderá a una equidad en cuanto a género y segmentos etarios y durarán en sus cargos más que un diputado y menos que un senador o igual tiempo que estos.
Verbigracia: La Provincia X, cuenta con una cámara legislativa de quince senadores y treinta diputados. Deberá elegir cuarenta y cinco Dipunadores. Estos dividirán su actividad legislativa en la cantidad de municipios en que está divida la provincia en este caso, setenta. Se abrirá un período de cuarenta y cinco días, la misma cantidad de Dipunadores, traducidos en días, para que la ciudadanía se inscriba en el registro abierto a tales fines, se establecerá, que se pueda realizar vía digital, generándose luego de cesado el tiempo de inscripción la Asamblea Legislativa, o suma de Diputados y Senadores que depurará el registro, mediante la exclusión de quiénes estén afiliados, adheridos a cualquier partido político (o que tengan menos de un año de renunciados o apartados de los mismos) y que tengan lazos de familiaridad directa con integrantes del poder legislativo que elegirán a los mismos. Esta asamblea una vez realizada esta depuración, podrá hacer una preselección que contemple que de acuerdo a la cantidad total de integrantes a elegir queden en proporción tanto hombres como mujeres y segmentos etarios en los que se subdivide la población general del distrito en cuestión. En este caso, podrían ser elegidos 23 Dipunadores Mujeres y 22 hombres, de los cuales, 10 podrían ser de entre 30 y 40 años, otros 10 de entre 40 y 50, otros 10 entre 60 y 70, 7 con más de 70 y los restantes menores de 30 y mayores de 18. Como en este distrito imaginario esta a su vez subdividido en setenta municipios, serán tales la cantidad de comisiones en las que trabajaran estos legisladores. Duraran cinco años, un promedio entre los cuatro de los diputados y los seis de los senadores y tendrán como función legislativa principal el legislar para propender a una democracia más directa, más real, más participativa, instaurando audiencias públicas, bancas ciudadanas, plebiscitos, sistemas de participación y se transformará en el ámbito de control tanto del poder legislativo, como de los restantes poderes del estado, imponiendo como novedad la suplantación de la remoción o juicio político, por el sistema del ostracismo que penaliza al infractor representativo además del desaforo la pena de la ida de su distrito o invitación al exilio.
 Sin que sea una cuestión gnoseológica, probablemente la filosofía política, el contratismo social, el parlamentarismo, la política en sí se hayan constituido en el escudo protector, para sostener, argumentalmente, un estado de cosas, que bajo la petición de principios de la institucionalidad, nos remite obligadamente a posiciones dogmáticas, que las traza o sitúa como indiscutibles. Sí nos ponemos a pensar hasta la nomenclatura de los Senadores, arrastramos desde hace años, sin que se proponga sí quiera revisarla en su semántica, por esta simbolización in extremis, por esta totemización en que hemos transformado o lo venimos haciendo a nuestro sistema político, una suerte de sanctasanctórum.
Se deja en claro que la pretensión no es hacer ni discutir ciencia, a partir de la premisa de que la filosofía política, de un tiempo a esta parte, no viene discutiendo, nada o casi nada, que establezca consideraciones radicales que propongan un estado de cosas, (discutir la misma noción de estado dentro de ellas) que difiera, al menos, discursivamente, de una inercia en la que se podría decir que estamos sometidos, desde los primeros libros de consideraciones políticas tal como la conocemos. A diferencia, de lo que ocurre, por ejemplo, con otro campo, extenso de lo filosófico, como el ontológico, en donde las perspectivas, no sólo que han sido y son, de diversidades insondables, sino que además interpelan, a la confrontación de la experiencia metafísica, del cabo a rabo del fenómeno humano. Se entiende que podrán alegar, que esta consideración pueda ser catalogada de logomaquia o pecaminosa por insustancialidad académica, sin embargo, el registro de los hechos de nuestras democracias occidentales actuales nos impele a pensar, utilizando la filosofía política para ello, por más que como se considera, esto mismo sea un oxímoron. Sí hablamos de legitimidad, no sólo debemos hacerlo, diferenciándola, de la legalidad, sino estableciendo una meridiana diferencia entre la legitimidad parcial versus la legitimidad absoluta, la primera que es la válida y la única razonablemente cierta que puede otorgar el ciudadano a sus mandantes y la segunda, la que cree tener el representado cuando absorbe la cesión de la ciudadanía, para luego cometer los latrocinios por todos conocidos, que supuestamente, controla o controlaría, estos excesos, otro poder de un estado constituido que sería el poder judicial, cuyos miembros no son elegidos, paradigmáticamente por el voto de la gente. Esta razón de la legitimidad parcial, podría encontrarse observada explícitamente, en que el ciudadano al delegar su representatividad, lo haga no sólo por el término de una elección a otra, sino también bajo ejes conceptuales, que vayan más allá de lo temporal. Un ejemplo concreto sería que los representantes clásicos del poder legislativo, puedan cerrar el círculo de representación, eligiendo ellos, mediante sorteo, como en la Grecia antigua y su noción mediante el azar que todos los ciudadanos tenían la posibilidad de ser parte del gobierno, a una capa, una cámara de representantes, que tal como lo planteamos tenga como condición excluyente el no ser parte de los partidos políticos tradicionales que como es de común saber, son parte del problema, más que de la solución de las flagrancias o de las ausencias que nos brinda la democracia en nuestra occidentalidad contemporánea. El bien jurídico mayor de cualquier ciudadano ante un derecho colectivo es que le sea garantizado una vida en democracia, y cuando esto no ocurre, el mismo ciudadano debe agotar las instancias para llevar adelante este reclamo en todas las sedes y ante todas las instancias judiciales. No podrían objetarse ante esto, cuestiones metodológicas o de fueros, la justicia en cuanto tal, debe preservar y hacer cumplir el precepto democrático por antonomasia, que los candidatos de  los diferentes partidos se elijan por voto popular, sean únicamente de los miembros de los respectivos partidos o de estos y los independientes.
A diferencia de lo que podría ser un artículo en el ámbito académico, o en las fundamentaciones para respaldar proyectos parlamentarios, no creemos necesario el citar lo mil y un autores a los que claramente le podríamos hacer decir algo que sirva de referencia conceptual o intelectual. Sería un despropósito, pues creemos que nadie, que sea medianamente citado en forma razonable, se desempeñe en el ámbito jurídico, filosófico o intelectual en general, estaría de desacuerdo, con que primero es la democracia, luego los partidos y finalmente los candidatos presentados para representar a los ciudadanos, que otorgan o ceden sus derechos  políticos mediante el voto o sufragio, esta cadena o círculo que se le enseña a cualquier niño en los primeros tiempos de ciencias sociales o educación cívica, es básicamente de lo que trata lo democrático, de su esencia y de su razón de ser.
Sería más fácil que encontremos autores que respalden sistemas políticos democráticos en las formas, pero no en los hechos, que puedan sostener que lo más determinante son estructuras o pilares que se les llama partidos  y que no importa como escojan sus candidatos, sino que a partir de estas estructuras nace o surge lo democrático. Llevar a cabo una argumentación en este sentido, sería, en la metáfora coloquial, poner el carro delante del caballo, y ninguna persona con sentido común o respetando el principio de no contradicción podría defender que existan distritos en una democracia representativa en donde sus partidos válidos no eligen sus candidatos mediante voto del soberano.
La idea general de que la ciudadanía no está, porque no quiere, no se la deja, no se la permite, en política, sí bien puede ser tildada de incomprobable, no deja de ser un mito urbano, una suerte de leyenda moderna, que deslegitima con su sólo presencia, que se profundiza ante la primera llovizna en donde caen desde el cielo cualquier tipo de pillería, o de situación poco clara, por parte de la clase, la casta o la elite política, hacia o en contra de la ciudadanía en general,  casi siempre vinculado a hechos de corrupción o poca transparencia. Esta es una de las razones, por las cuáles los Dipunadores tendrán también el rol general de contralor, con la novedad de volver a instituir el concepto de ostracismo a los funcionarios incumplidores con sus mandatos públicos de todos los poderes del estado, a los efectos de que la ciudadanía perciba a las claras, qué y cómo es lo que sucede con quiénes han birlado y defraudado su confianza.
La democracia, sin embargo, sólo puede ser entendida en los términos expresados como deseo, defendida como una cuestión de fe y sacralizada en su versatilidad de que asimila todo en cuanto lo rechaza. Referencia y diferencia, unicidad y multiplicidad, la inversión de lo metodológico de lo general a lo particular y todo y cada uno de los axiomas, como de las razones fundadas como infundadas que se quieran proponer, caerán rendidas ante la noción desiderativa de lo democrático.
La democracia es expectativa. La democracia no puede ser plenamente concretada, dado que en tal caso se transformaría automáticamente, en un absolutismo totalitario. En nuestra modernidad, el sujeto de la democracia, es el individuo. Así ocurre desde la composición de los contratos sociales, que unificaron todas y cada una de las expectativas de los suscribientes (expresando medularmente lo filosófico, saldando la aporía de lo uno y lo múltiple) en una voluntad mayor o estado, que mediante una representatividad, administra o ejerce ese poder que ha sido previamente legado. Extendiendo y más luego, renovando las expectativas, cada cierto tiempo, llamando a sufragio, a elecciones, a todos y cada uno de los contratistas, para que elijan a quiénes lo representen en la administración de esa cesión de derechos cívicos y políticos.
La democracia debe fundamentarse, o estar fundada, en la condición estadística en la que se circunscriba el individuo. Esto es, asumir la realidad para a partir de ella construir la expectativa que es su razón de ser. De lo contrario, en caso de continuar, generando expectativas ante la mera convocatoria de elecciones, para renovar representantes, la legitimidad del sistema siempre estará riesgosamente en cuestión, pudiendo alguna vez, un grupo de hombres considerar el retorno a algún tipo de absolutismo.
La sujeción de lo democrático a la condición en la que este sumido una determinada cantidad de hombres, garantizará que la expectativa que por regla natural es su razón de ser, no sea siempre una abstracción, sino que este supeditada a un resultado, a un determinado logro, concreto y específico. De aquí que la función específica de los Dipunadores, no sea la de revolucionar el sistema representativo, lo democrático en sí o el sistema de partidos, sino de empezar a trabajar en ello.
Hasta ahora y tal como veníamos detallando, se habían generado las circunstancias como para (libertad de expresión, cierta extensión de oportunidades, valorización de los aspectos a mejorar) construir una democracia moderna, creemos imprescindible esta herramienta que orbite en nuestro sistema político, con esta cámara nueva o con esta representatividad novedosa, para que sean los Dipunadores junto al resto de los políticos y sus vínculos con la ciudadanía y la población quiénes en diferentes partes de Occidente nos ofrezcan distintas formas perfectibles de lo democrático, tal como en la actualidad lo podríamos entender o conceptualizar.
Esta contribución teórica es patrimonio del Centro de Estudios Políticos Desiderio Sosa (fundado por Carlos Coria García y Francisco Tomás González Cabañas), se cede la publicación o reproducción total o parcial del mismo (que es resumen abrevado de la obra completa), haciendo alusión a esta presente aclaración y enviando copia electrónica o link: a la siguiente dirección de correo: 


jueves, 20 de abril de 2017

“Convocamos a un debate público a los tres candidatos a Intendentes de la Ciudad de Corrientes”.

Es vergonzoso que a esta altura de la consolidación democrática, tengamos que pedir, que clamar, que implorar, un debate público entre los tres candidatos que disputaran la jefatura de gobierno de una ciudad como Corrientes. Nos rasgamos o mejor dicho desgarramos las vestiduras, con declaraciones de campaña, con fotos al mejor estilo  avistaje de pobres o en plena acción política travestida en rol de gobierno (es decir cumpliendo la obligación que tienen, pero posando para la cámara para luego con los medios pagos, reclamarle al ciudadano que reconozca tal labor, exhortándolo a que los vote nuevamente para que  sigan percibiendo suculentos ingresos mucho más allá de la media) con salutaciones edulcoradas, aguardando los tiempos finales incluso para aceptar cuando se despachen con la orgía de prebendas y dádivas y nada hacemos o decimos, para propender a esta acción que debería ser una política de estado. En todos los órdenes, nacional, provincial y municipal, debería existir una normativa que imponga a todo candidato con posibilidades de hacerse con un ejecutivo de confrontar sus ideas con el resto de los pretendientes. Esto impulsaría incluso que se presenten con su equipos de gobierno, con quiénes se harán acompañar en sus posibles gestiones, o ¿acaso seguimos votando, como siglos atrás, una suerte de suma de poder público, para que un candidato arme y desarme como le plazca su agenda de gobierno, la que previa y supuestamente hizo pública en medios que paga o con fondos públicos o con fondos oscuros de la financiación ilegal de la política?. ¿No nos estamos perdiendo de la mejor herramienta como para conocer a nuestros candidatos, o porque fiarnos de sus propias campañas de sus mates organizados por red social, de sus timbreos espontáneos, de sus caminatas casuales? ¿No son acaso, todas estas, artimañas publicitarias, creadas para que tengamos la sensación de que los candidatos son abiertos no solo a su disponibilidad de tiempo, sino de mente, como se dice vulgarmente, de cabeza, como para escuchar y más luego poder comprender, otras razones que no sean las suyas?.
¿El que no tengamos un debate público, o el que tengamos que pedirlo desde una institución que no percibe fondos públicos, no habla acaso de toda nuestra clase dirigente, en su gran mayoría, cómplice y mendaz, a la espera de cerrar con el ganador, habiendo apostado a los que tengan más  chance antes, para acordar sus camándulas facciosas y sectoriales, y habiendo conseguido esto, dejar al gobernante que acomode a diestra y siniestra, en los lugares públicos a cuanto amigo y pariente desee, sin decirle o reclamarle ninguna ética ciudadana?  
¿El que sólo manifestemos nuestros puntos de vista, de los aspectos públicos en el ámbito virtual, es acaso una solución o parte del problema, dado que podemos dar vida a esta iniciativa casi inmediatamente, pero sí no se la respalda, no se la comparte, sino se la adopta, por parte de instituciones como el Colegio de Abogados, la Federación económica o el Arzobispado, como para que ofrezcan sus instalaciones para organizar el debate y si no se la difunde por medios que sean parte de lo democrático y lo republicano, solo quedara como otro intento más, vano y efímero, para consolidar nuestras instituciones?
Nosotros nos hacemos estas preguntas, los ciudadanos y la clase dirigente tienen las respuestas. En el caso de que hagamos el debate público, del público saldrán las preguntas y los candidatos tendrán que dar sus respuestas. Posiblemente esta sea la razón principal por las que desde la política no se promueven debates. Son esencialmente lugares en donde se deben dar respuestas. Ellos están debiendo varias o las que dieron dejaron mucho que desear, de todas maneras, lo mejor que pueden hacer es ir a debate, de lo contrario, están siendo parte del problema y no de la solución o de las respuestas que la democracia requiere.




“Lo preocupante se muestra en que todavía no pensamos. Todavía no, a pesar de que el estado del mundo da que pensar cada vez más. Pero este proceso parece exigir más bien que el hombre actúe, en lugar de estar hablando en conferencias y congresos y de estar moviéndose en el mero imaginar lo que debería ser y el modo como debería ser hecho. En consecuencia falta acción y no falta en absoluto pensamiento. Y sin embargo…es posible que hasta nuestro días, y desde hace siglos, el hombre haya estado actuando demasiado y pensando demasiado poco”. (Heidegger, M. “¿Qué quiere decir pensar?. Ediciones del Serbal. Barcelona. 1994. Pág. 114.)

Centro de estudios Desiderio Sosa.


sábado, 11 de marzo de 2017

Tres Primeras Propuestas Propiciadas por el Centro de Estudios Desiderio Sosa.

Dejamos en claro nuestra adhesión a institutos nacionales como; la iniciativa popular, la consulta popular, el defensor del pueblo, el juicio por jurados, los nuevos derechos incluidos en la carta magna del ¨94, dejando para un debate posterior, que ameritaría la reforma de la Constitución nacional, la obligatoriedad del sufragio.

Finalmente, como no nos creemos dueños de ninguna verdad, ni iluminados por ninguna revelación, más allá de la aceptación de la creencia religiosa de cualquier miembro, no objetamos ni rechazamos a priori, el diálogo, la conversación, con ninguna fuerza política de las pre-existentes o con ningún político, más allá de su pasado (la salvedad será únicamente con los condenados judicialmente), ateniéndonos siempre a que el canal de tertulia, tenga relación con los proyectos aquí esbozados u otros que surjan en beneficio de Corrientes (Ciudad) , y en caso de que se pueda dar alguna conjunción de fuerzas, tendrá que ser refrendado por un documento público, para dar cumplimiento con las bases de nuestro movimiento. 

Artículo 1º: Dispóngase la realización, en la segunda semana de cada mes, de cada año de período ordinario de sesiones de la elección, por votación de los señores concejales, bajo sistema de mayoría simple, la elección de los 17 ciudadanos, previamente inscriptos en el registro creado ad hoc, para llevar a cabo la sesión ciudadana.
Artículo 2º: La última semana de cada mes, los ciudadanos elegidos por los concejales, llevarán a cabo la sesión ciudadana, en donde todos tendrán el derecho a hacer uso de la palabra y exponer la temática que consideren. En caso de que dispongan la votación de un proyecto para darle calidad de unánime podrán hacerlo sin que esto signifique una mayor o menor celeridad en cuanto a las temáticas que serán elevadas, al finalizar la sesión, como la versión taquigráfica, a la presidencia del concejo deliberante para su consideración.
Artículo 3º:  Los concejales ciudadanos, percibirán, un haber correspondiente a un 3,3%(bruto)  por ciento del sueldo de un concejal que será deducido de tasas municipales.
Artículo 4º: Se creara el registro de ciudadanos para participar en el concejo ciudadano, siendo la única exigencia, además de copia del dni que certifique el domicilio en el distrito capitalino, una breve exposición de motivos, o razones por las que se presenta para representar en el concejo ciudadano.  

La ciudad-estado griega, la polis, fue el sitio concreto y específico donde se organizó la democracia. Por definición, las mismas, y eso que en aquel entonces la población en general era mucho menos abundante, no debían constituirse, con más de cinco mil habitantes de acuerdo al consenso entre la mayoría de especialistas. Independientemente de lo fascinante del mundo Griego, que nos legó, entre tantas cosas, también lo democrático, lo cierto es que podemos, indubitablemente afirmar, más allá de todo lo que, sobre todo filosóficamente podamos discutir, que parió, alumbró o nos entregó a sus herederos, un sistema de gobierno, como el democrático, que es esencial e indescerniblemente municipalista. 
Hans Kelsen creador de la pirámide de kelsen, jurista, político y profesor de filosofía en la Universidad de Viena, definió este sistema como la forma en que se relacionan un conjunto de normas jurídicas y la principal forma de relación entre estas dentro de un sistema, es sobre la base del principio de jerarquía. Esto quiere decir que las normas o leyes que componen un sistema jurídico, se relacionan unas con otras según el principio de jerarquía, por lo que una ley que se encuentra por debajo no puede contradecirse con otra que esté por encima ya que la misma no tendría efecto jurídico o no debería tenerlos.

Está dividida en tres niveles, el nivel fundamental en el que se encuentra la constitución, como la suprema norma de un estado y de la cual se deriva el fundamento de validez de todas las demás normas que se ubican por debajo de la misma, el siguiente nivel es el legal y se encuentran las leyes orgánicas y especiales, seguido de las leyes ordinarias y decretos de ley, para luego seguir con el nivel sub legal en donde encontramos los reglamentos, debajo de estos las ordenanzas y finalmente al final de la pirámide tenemos a las sentencias

Proyecto para establecer una sola reelección para los Concejales de Corrientes Capital (Cómo caso testigo)

Artículo 1: Modificase el Articulo 17 de la Carta Orgánica que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 17: Los Concejales en su carácter de legisladores integran el Honorable Concejo Deliberante durando cuatro año en el ejercicio de sus cargos pudiendo ser reelectos por un (1) sólo período y debiendo renovarse la composición del Cuerpo por mitades cada dos años, en la oportunidad y forma que determine el orden normativo correspondiente, pudiendo coincidir con las elecciones generales provinciales o nacionales.
Fundamentos
Consideramos que lo que se denomina “crisis de legitimidad política”, o “necesidad de una reforma política”, son apreciaciones, sensaciones, que luego se traducen en estudios y análisis, que tienden a señalar, la disconformidad o desaprobación, previa al momento de la emisión del voto, de gran parte de la ciudadanía ( o al menos la gran mayoría que genera un ida y vuelta con los medios masivos de comunicación) , hacia esa oferta  que realizan los diferentes partidos políticos, que en los tiempos electorales se conoce, cómo el momento de las campañas, o en donde los candidatos políticos aparecen con atosigante asiduidad, y con una llamativa serie de promesas de dudosa consecución. Por tanto, antes de que se cumplan los tiempos electorales, el proceso eleccionario, cae en una flagrante ausencia de legitimidad, y por ello la gravedad institucional y republicana, que implica que una gran parte de la ciudadanía, (que tiene incidencia directa en el gran espejo, reflector y también generador, de los actos y acciones públicas, los medios de comunicación) descrea de las ofertas electorales, respetando, con resignación, el proceso eleccionario, a través de la no participación (índices de ausentismo elevados), o la votación masiva a la nulidad. Más allá de que sea un respetuoso proceder,  el proceso eleccionario, la dinámica y el ejercicio más sagrado, y sindicado cómo el símbolo por antonomasia de la democracia, se lesiona en grado sumo, ante la abstención de compromiso político, o de resignación respetuosa, con la que reacciona una gran parte de la ciudadanía, que de tal manera, intenta manifestar su disconformidad con las ofertas o boletas electorales.
Tal como lo expresa con claridad meridiana el filósofo correntino, Francisco Tomás González Cabañas:
“Creemos que el punto neurálgico, la piedra basal, el elixir de los problemas, o el quid de la cuestión, se encuentra en la conformación de las listas, o boletas electorales. Que es ni más ni menos, cuando los partidos políticos definen puertas adentro y por intermedio del fenómeno del lápiz ( dirigentes más encumbrados se ponen de acuerdo para anotar a los candidatos) a diferencia de años atrás cuando se acostumbraba a realizar elecciones internas, para terminar ofreciendo a la sociedad, sus candidatos. Podríamos erigirnos en fiscales putativos de la nación, y esgrimir como razonamiento, que si se cumpliera con lo dispuesto por los corpus normativos, no deberíamos tropezar o enfrentarnos a la “falta de legitimidad política” o “necesidad de reforma política”, no queremos ingresar en polémicas bizantinas que nos conducirían a analizar si las campañas deben durar cincuenta días o sesenta y que en definitiva nos hagan perder tiempo y energía en gestas de poca monta.
La actividad política es una de las pocas, que para desarrollarla, no se precisa en forma imprescindible de un título terciario o universitario. Tampoco la actividad se encuentra colegiada o cuenta con un conjunto de reglamentos normativos internos. Obviamente que exigir a la actividad política, de este tipo de requisitos sería más que risible y ridículo. Pero debemos tener en claro, que tampoco se puede continuar en calidad de simples observadores, dado que los abusos y las distorsiones que se hacen de las amplias libertades, terminan posibilitando los excesos que nos llevan finalmente a una anomia anárquica en donde prevalece el arcaico principio del más fuerte.
La historia de la humanidad nos señala que en los incipientes años de formación del Imperio Romano (550 ac), los romanos expulsaron a los Estruscos e instauraron la república. Narran los historiadores que en los primeros tiempos, sólo los miembros de las familias poderosas intervenían en la ciudad, integrando el Senado en forma vitalicia. Los plebeyos fueron reaccionando contra estos privilegios con tal fuerza, que el Senado hubo de autorizar las asambleas populares que nombraban a los tribunos, quienes debían proteger al pueblo de las arbitrariedades de los magistrados. Hacia el año 450 a.C. se promulgó la ley de las doce tablas, embrión del extenso cuerpo jurídico que Roma legó al mundo, el Derecho Romano.
Observamos con la precisión objetiva que nos brinda el testimonio histórico, de los primeros pasos republicanos dados por el hombre, la conformación de la cofradía o facción política nutrida de privilegios, que el mismo transcurso de los años, hizo al género humano, superarlo a tal punto, de inmortalizar gracias a la acción de la contundente reforma, las bases mismas del sistema jurídico occidental, que tras dos mil años de historia, aún se sigue estudiando en los claustros universitarios. Pese a que la experiencia del Senado vitalicio, hubo de dar paso a asambleas con verdadera representación ciudadana, creemos que aún el género humano no ha podido despojarse, en forma definitiva, de esta práctica mañosa y lesiva de las instituciones democráticas, prueba contundente de lo que afirmamos es la conformación, en la hermana República de Chile, de un Senado vitalicio, y en nuestro país, es notorio y evidente, el ejercicio continúo por parte de la clase política y dirigente, de una forma solapada y encubierta de garantizar a los adultos mayores y no tanto, sino más que nada a una clase o facción de la política, una jubilación en funciones, que es ni más ni menos, que una especie, distorsionada e indirecta del imperio de la lógica vitalicia, o un atornillamiento a cargos representativos.
Una de las mayores controversias que genera una animadversión litigiosa en la sociedad en relación a los actores políticos, es la reiteración de los nombres para ocupar cargos públicos. El fenómeno se podría denominar como “calesita electoral”, dado que los hombres que los partidos políticos ofrecen a la ciudadanía van rotando indefinidamente, permitiendo que el otrora concejal en la elección venidera se postule cómo diputado provincial, para luego hacerlo en otro cargo representativo. A priori esto podría obedecer a una lógica normal de la democracia. La persona que ha ejercido con probidad y que obtiene el respaldo popular, naturalmente debe asumir mayores responsabilidades políticas, o al menos tener la oportunidad de presentarse ante el electorado. La normalidad se transforma en patología social, cuando observamos fehacientemente, que un grupo de profesionales políticos de diferentes partidos, acumulan decenas de años en cargos públicos, sin encabezar las listas (es decir que van detrás de figuras con mayor popularidad) y que pasan con holgura la edad que establece la ley para la jubilación, afianzándose o atornillándose en cargos representativos, conformando o resucitando, la máxima estipulado miles de años atrás en el nacimiento del imperio Romano o imitando el condicionado régimen de la República de Chile, por el poder de los ex dictadores, pero sin la institucionalidad de los sistemas mencionados, y cobijados por el oscuro y lúgubre manto de la ausencia de normas que fortalezcan un verdadero sistema democrático y republicano.
Con la consabida gravedad que el espacio que ocupan, perniciosamente desde el punto de vista democrático y republicano, se lo están sacando, esquilmando a todo el corpus social.
Necesitamos una norma, al menos en nuestra carta orgánica de la Ciudad, que les imponga un límite, una barrera, sustentada en las raíces más puras de la Constitución Nacional, a los que desde hace tiempo manejan la cosa pública, y que conformaron una cofradía de características masónicas, para que oferten a las ciudadanía, candidatos que tengan currículum y no antecedentes, y para evitar que estos vacíos normativos, se transformen en oportunidades para destrozar la institucionalidad, cómo el hecho de instaurar una lógica vitalicia encubierta.”.  
Instaurar el día de atención del político al ciudadano.
Por intermedio del presente proyecto, pretendemos instaurar, los días sábados de 8 a 12 horas, el funcionamiento obligatorio de las oficinas de concejales y funcionarios del ejecutivo municipal jerarquizados, para que estén afectadas, el día y en el horario señalado, únicamente a la atención del público en general. Esta atención deberá ser por orden de llegada, proporcionando un número a los interesados que vayan acudiendo, tal como en cualquier consultorio profesional o comercio de cualquier rubro. Dado que los “políticos” jamás harán sus ajustes, recortes, o como los quieran llamar, ni con sus sueldos, ni prerrogativas que le cedemos sus ciudadanos, o supuestos mandantes, con esta iniciativa, lograríamos que al menos, por ley se le establezca un día más de trabajo (en caso de que no estén abiertas las oficinas en tal día y en tal horario y no se atienda al ciudadano, serán pasibles de descuentos de salario) logrando, tal vez lo más importante, una pretensión más de amalgamar, galvanizar, el siempre débil, vínculo entre representantes y representados. En esta oportunidad, a diferencia de los 10 proyectos anteriores, no redactaremos la iniciativa completa, dado que sí bien no creemos en el derecho de autor, es decir no tenemos problemas en que los “políticos” la copien, como lo hicieron con los nueve precedentes, al menos esperábamos que tengan la gentileza de haber citado la fuente, pero, al parecer ya ni las formas guardan quiénes le cedimos nuestra representatividad. Tampoco convocaremos a una presentación pública de la iniciativa como lo hicimos en anteriores oportunidades, estaremos, en grupos diversos, exigiendo en los propios despachos de los “políticos” que se adhieran a trabajar los días sábados para atender al ciudadano. 
Tal como lo expresa el filósofo Correntino Francisco Tomás González Cabañas, la inmensa e inmediata necesidad de que los políticos, estén para la gente-.¿Cuantas veces si no usted, o algún conocido acudió a una oficina de un político, para en términos llanos y vulgares “juntar orina” y perder toda una mañana o tarde, para que salga la secretaria, que seguramente no llegó allí por concurso público (para no caer en la tentación de decir concurso púbico)y decirle que el político que usted necesita ver, es decir su empleado, no puede atenderlo, tiene la agenda ocupada, u otra cosa más importante que hacer?. Con este proyecto o iniciativa, le sacamos la excusa, los instamos mediante ley, que los días sábados y entregando número y por orden de llegada, atiendan a sus mandantes, a la fuente de su legitimidad y legalidad, a los ciudadanos. 
A decir de Marcel Gauchet (que en verdad, sino fuese porque aún pensamos bajo el condicionamiento de las ínfulas imperiales del eurocentrismo cultural, no sería lo que es de no haber sido Parisino) “como sociedad hemos segregado al poder, lo hemos sacado afuera, para que no tenga como fin único el representarnos, validando la legitimidad de lo representativo”. Quizá en estas latitudes, le dimos un giro peculiar, entronizamos esa delegación que hacemos de nuestro poder, pero, agregándole nombres y apellidos, una especie de mandatos más divinos que políticos, una divinidad enraizada en las nuevas herramientas que nos proporcionan estos tiempos modernos, las fotos y el habitar permanente en los medios de comunicación; Definen no sólo el hacer político, sino también las personalidades autorizadas, o legitimadas por la representatividad (más allá de los votos) para hacerlo.
Lo hemos planteado en más de una oportunidad, en el caso de que quisiésemos refrendar bajo investigación académica el presupuesto que partimos, deberíamos hacer una encuesta o sondeo de opinión, para determinar qué porcentaje de conocimiento tienen los 30 diputados provinciales, los 15 senadores provinciales y los 10 legisladores nacionales (7 diputados y 3 senadores), es decir sobre 55 protagonistas, o representantes directos del pueblo, legitimados por lo normativo, por la definición conceptual e histórica del sistema representativo en el que vivimos, como mínimo la ciudadanía, en un porcentaje mayor al 50% debería reconocer al menos a 10 de los 55 de sus representantes. De lo contrario, podríamos concluir que esa representatividad carece de legitimidad, por esto mismo es que no hacemos el relevamiento, dado que es más saludable, creer, dejar reposar lo legítimo en la expectativa de que pueda ser cierto (la típica zanahoria del candidato para ganarse el electorado, o la vista gorda de uno de los componentes de una pareja para no encontrar nada que no quisiese, como ejemplos) y en este dejar reposar, en esta inercia de lo democrático representativo, es donde para profundizar el concepto e impelidos tal vez, por nuestras construcciones arquetípicas conceptuales, cedemos esa representación del poder, en seres semidivinos que habitan en el olimpo de los medios de comunicación.
La política se determina entonces en un juego-disputa o “articulación” entre estos seres angelados, tocados por esa varita mágica (expresión muy utilizada en el mundillo “bajo” o de los que anhelan ser tocados por esa varita de la política) que andan y desandan, sus actuaciones bajo códigos o codificaciones que no requieren cuestionamientos, precisan más que nada de un público laudatorio, de una tropa disciplinada que les diga todo que sí, que a lo sumo debata, el color de la corbata o el de la camisa utilizada en una determinada acción por el elegido. Esta tribuna no es la única de la que se hacen estos semidioses, pues el partido, se transmite en vivo por televisión, por las redes sociales, por la radio y se comenta por los diarios, es la forma que tienen de sostener esa legitimidad, de decirnos que tiene tanto que ver con nosotros que por ello, debe desandar su capacidad omnipresente y formar parte de nuestra cotidianeidad. 
Probablemente sí desandáramos aquello de la encuesta o del sondeo de opinión, no sería muy alto el porcentaje de los ciudadanos que se interesen por lo político, si bien esto puede sonar como un mensaje desde lo que algunos dan en llamar “la anti política” en verdad es una muestra, que desde el poder se disputan intereses, que están en esas nubes de Úbeda, que no pueden bajarse mediante la interfaz de los medios, o definirse en la supuesta participación que tendríamos enviándole una carta de lectores, para ver si la pública o no el matutino al que elegimos someternos para que decida si no nos comunicamos o generamos “feed-back” .
La política, y sus políticos endiosados, nos imponen, mediante la canonización que les otorgamos en elecciones, esa diferencia entre lo divino y lo humano, y el momento en que nos cruzamos, que podemos intercambiarnos, participar (es la respuesta que dio Platón a su aporía creada entre el mundo terrenal y el del eidos) o ser parte y que esa diferencia actué como lo positivo y lo indispensable, es mediante la interfaz de los medios de comunicación, mediante el reportaje (más que reportaje, las declaraciones que hacen ante micrófonos, pues en nuestro medio, casi nadie entrevista) o la foto. 
Hacer política de otra manera o pretenderlo, es prácticamente un delirio, o en el mejor de los casos filosofía política (Francisco Tomás González Cabañas).


martes, 3 de enero de 2017

Los radicales y la democracia o la democracia radical.

Por supuesto que se trata de un juego de palabras. Todo en occidente lo es. La comunicación, la política y por ende las últimas y las primeras causas; la filosofía. El distrito del lenguaje, es el de mayor consistencia en donde se acendra la legitimidad de lo democrático; que por definición y hasta antológicamente, no sólo que es palabra, sino más que nada un juego. En el muladar latinoamericano desde que este escriba  posiciona su perspectiva, el centenario partido radical (que nace de la revolución del parque y que extrañamente siglo después amalgama en el imaginario de lo que representa el valor de reinstaurar y proteger lo democrático) gobierna, peronisticamente (es decir usufructuando los límites de las leyes electorales, exprimiendo las reelecciones, generando sucesiones familiares y suprimiendo la posibilidad de internas tanto dentro del partido, como por fuera del movimiento del que es eje y que aglutina otros partidos) o como lo hizo su contrapeso (en la lógica de sostener la formalidad democrática, en la astucia del juego del policía bueno y malo, cada cual desarrolla supuestas virtudes que en verdad no son tales y que gravosamente no sortean por ejemplo el peor de los males estructurales: la pobreza y marginalidad extrema al que someten a grandes y extensos bolsones de la población) demostrando un conocimiento cabal, casi absoluto y total, de la democracia en sí misma, cuestionándose por tanto, si esa radicalidad (la de en este caso gobernar, casi hace dos décadas, tener mayoría o control estratégicos en los poderes legislativos e incidencias manifiesta en el judicial) acaso no es antidemocrática, en un terruño, en una comarca en donde casi la mitad de la población no puede sortear la pobreza a la que ex profeso es subsumida y muy pocos, que son perseguidos y hasta caracterizados (a diferencia de siglos atrás condenando a la hoguera en la actualidad, cercenados y condicionados por el ninguneo y la indiferencia que se vierte desde la cúspide del poder) poco pueden realizar, como este artículo mismo, para que se pueda pensar la radicalidad democrática.
“Toni Negri piensa en una revolución de la multitud como instancia en que se rompe la creencia en la representación y emerge la posibilidad de una democracia radical. En una lógica transicional plena, ya que la transición no es distinta al proceso, no es una etapa separable en la que cualquier tipo de acción estaría legitimada por la relación entre unos medios actuales y unos fines futuros. Por el contrario, el proceso tiene ya las características de esa democracia radical y su despliegue es la experimentación colectiva y el aprendizaje del autogobierno”. (Pennisi, A. Pasión democrática. Editorial Quadrata. Página 103. 2013. Buenos Aires)
Esta percepción de cómo sería una democracia radical, no tiene absolutamente que ver con el desempeño o la construcción democrática por parte de un gobierno que se precie perteneciente o seguidor de las ideas del radicalismo argentino. Si bien, desde un inicio se especificó que en definitiva se trataba de un juego de palabras, el de hermanar el concepto de filosofía política de democracia radical, con la concepción política en la praxis, en el hacer de gobiernos enmarcados en las filas de la unión cívica radical.
Sí tomáramos la provincia de Jujuy, en donde el foco acerca del actuar de la justicia, está siendo analizado por organismos internacionales en relación a presos, que para algunos son considerados políticos, el análisis se reduciría a tal efecto y puntualización y se perdería el eje de lo que se pretende analizar, de todas maneras, tampoco es extraño, al menos señalar que la misma expresión política que se adjudicó la plena instancia de los derechos del hombre en la Argentina, padeciendo por ello, el intento de golpes de facto y la realización de corridas cambiarias, financieras y hasta asonadas sindicales, décadas después en un arrabal norteño es objeto de severas críticas en la plenitud o el sostenimiento de un estado de derecho formal.
Tampoco en estas líneas daremos cuestionamientos teóricos, acerca de lo que podría ser una posición al menos Eurocentrista de los postulados de Negri, lo cierto es que su planteo de democracia radical, democracia en los hechos, disolviendo la representación, está mucho más cerca de los inicios del radicalismo, es decir del hito de la revolución del parque.
Claro que hablar en términos de revolución, siempre es y sobre todo, para los medios de comunicación, algo más allá de lo tabú, expresamente de lo prohibido o lo que será caracterizado como el anhelo de quiénes no están bien de la cabeza y merecen el ninguneo y la indiferencia permanente.
En esta lógica de complicidad mórbida con lo antidemocrático, extrañamente, los dueños de los medios, de terruños inviables para la inclusión social, no terminan de comprender, que jamás podrán disfrutar de sus millones y privilegios, si continúan en la letanía de seguir dándoles espacios, únicamente, a los violadores de lo democrático, si ponen al servicio de estos trúhanes republicanos, las páginas de sus medios, para replicar las tristes y ubérrimas gacetillas de prensa, de quienes, en la plenitud de sus doctas ignorancias, en lo excelso de lo estulto, ventilan, difundiendo sus prácticas perversas, difamando para ello el proceder de lo que debería ser una radicalidad democrática, no publicando para ello, los análisis y las interpretaciones críticas de ese proceder democrático, entonces, concluimos evidentemente  de que no tenemos una sociedad o una comunidad democrática.
Probablemente la radicalidad de lo democrático se deba expresar mediante una revuelta, como lo plantea Negri, tal hipótesis permanecerá en el ámbito de lo teórico, en el mientras tanto o en el anverso de esta tesitura, la democracia ejercida por el radicalismo actual, mientras más alejado de los propuestos teóricos de la democrático desarrolle su accionar, más tendrá que ver con su éxito, con su continuidad y con su perpetuación en el tiempo.
Por tanto, radicalismo y democracia, en todos y cada uno de los sentidos ambos términos, pasan a ser conceptos excluyentes y hasta contradictorios en sí mismos.






    

martes, 6 de diciembre de 2016

Homenaje a Vicente Blasco Ibáñez

Llevaremos a cabo un acto homenaje a “Vicente Blasco Ibáñez” para Enero próximo, fecha en que se conmemora tanto su natalicio como su paso a la inmortalidad.
 Vicente Blasco Ibáñez, en lo que resulte tal vez una de sus tantas actividades no tan conocidas, fundó colonias agrícolas en el interior Argentino, una de ellas, “Nueva Valencia”, ubicada a escasos kilómetros desde donde esto se suscribe. Internarse en la pasión que generó su derrotero literario-político, es ámbito de historiadores y académicos, de observadores iberoamericanos y de hombres de tertulia política. Sin embargo, para el público masivo, y sin temor a ser injustos con la intensidad social y colectiva con la que vivió, además exitosamente para los términos resultadistas, podríamos afirmar que luchó incansablemente contra todo tipo de tutela, de representatividad y de delegación. Menuda lucha, pues en la arena política, el principio de soberanía indelegable, debía ser refrendado en las calles, mediante la convocatoria de su periódico, que salía la mitad que los tradicionales y que hablaba el lenguaje de los no contemplados o incluidos. Parapetarse frente a la monarquía, en los términos políticos y literarios, en los que lo hizo (expresando que el país de Don Quijote, se había transformado en su asno glotón, producto de los monarcas por ejemplo), propugnar por el laicismo y escribir un libro entero (La araña negra) describiendo, sin contemplación el espíritu conquistador de lo Jesuita y bosquejar un republicanismo sin hacer eje en lo electoral, debió ser más que suficiente, para este Valenciano, que además le puso el cuerpo y dinero, a los emprendimientos agrícolas-colectivos señalados y lejos de su Europa natal, como para refundar todo lo que se unificaba en las pretensiones, altruistas y altisonantes de don Vicente.
Tal como existe una lectura, de que la filosofía de la liberación, es producto de un maridaje de concepciones neomarxistas y heideggerianas, por tanto vendría a ser una suerte de hijo latinoamericanista de padres europeos, no menos cierto, y por tanto arriesgado en lo teórico, es que existe desde hace tiempo un Blasquismo Latinoamericano.
Desde las Repúblicas, hasta las revoluciones en Latinoamericana, nunca tuvieron como eje central el “purismo” electoral. Muchos sistemas que se preciaban hasta de democráticos, augurando una supuesta igualdad de derechos y de posibilidades, ni siquiera en la práctica aseguraban que todos pudiesen votar (en Argentina la ley del voto universal, no contemplaba a las mujeres), como sí además sólo en el ejercicio del voto, se pudiese tener lo mejor que en teoría propusiera o dispusiera una República.       
A contrasentido de lo intentara el propio Vicente, y que posiblemente en forma inconsciente hubiese pretendido germinar en estas pampas, la tutela, la representatividad, la delegación, y por ende el camino fino, ante la subordinación y la dependencia a una lógica de amo-esclavo, está a la vuelta de la esquina en nuestras calles.
Hasta a los aviones le ponemos la nafta, justa, no sólo porque nunca alcanza, sino porque creemos que alguien siempre nos salvará, que finalmente la responsabilidad de nuestra existencia, tiene que ver con un orden divino, cósmico, con forma o rostro, paternal o maternal, con una mano ancha que nos columpia en lo estatal y en lo salvífico. Posiblemente en Latinoamérica sea más fácil demostrar fáctica, que teóricamente, la existencia de dios, de lo contrario, viviríamos con mayor asiduidad accidentes evitables o estados anárquicos en virtud de la impensada tolerancia ante tanta desigualdad e injusticia en la tierra.
También tuvo razón Vicente con respecto a lo Jesuita, en una opinión compartida con Napoleón, en relación a la orden religiosa, pero respecto a lo generado por estas tierras, toda aquella impronta, ya es indiscernible de nuestro acervo cultural y espiritual.
Los conceptos educativos y laborales, están profundamente vinculados con el trabajo de lo Jesuita, de lo contrario, tal vez hubiésemos retardado años o décadas el avance-retroceso de lo tecnológico-ciencista.

Fundar un Blasquismo Latinoamericano, y aquí radica la provocación intelectual del texto, sería propender, basado en las razones del afamado antimonárquico, a un sistema de monarquía constitucional en la Nueva Valencia (es decir en estas tierra Latinoamericanas), para luego de tal experiencia (aprendizaje mediante de llevar a cabo el ejercicio de la soberanía en la acción)  poder llevar a cabo una república con valores democráticos, asequibles, realizables y no meramente semánticos.
  
APOYANOS EN ESTA CONMEMORACÍÓN A DON VICENTE. 

jueves, 1 de septiembre de 2016

Denuncia ante el Parlamento Europeo del estado de indefensión política de la ciudadanía Correntina.

Tras la presentación formal, por parte del gobernador de la Provincia de Corrientes, de su proyecto de reforma constitucional, y ante la primera y pública, reacción por parte del principal partido opositor, de ralentizar una decisión o postura, y transferir, la representatividad, de origen representativo, paradigmáticamente, el poder soberano, a un congreso partidario, en tiempos en donde los partidos son cáscaras vacías de la nada de la representación, alertamos el estar al borde un estado asambleario, en donde y tal como lo indica nuestra actual constitución, seremos los ciudadanos quiénes tengamos que salir a defender en los espacios públicos, nuestra democracia cotidiana. Apelamos a las autoridades nacionales al cese de este manifiesto cese de nuestras garantías políticas, como así también a las autoridades provinciales a que convoquen a un diálogo ciudadano, reservándonos el derecho de realizar los planteos en los organismos internacionales, como el Parlamento Europeo, la Corte Interamericana de los derechos humanos (CIDH) y reserva de solicitud de carta democrática ante el Mercosur, Parlatino y envío de situación al Departamento de Estado de EE.UU.  
 “La indefensión es un concepto jurídico indeterminado referido a aquella situación procesal en la que la parte se ve limitada o despojada por el órgano jurisdiccional de los medios de defensa que le corresponden en el desarrollo del proceso. Las consecuencias de la indefensión pueden suponer la imposibilidad de hacer valer un derecho o la alteración injustificada de la igualdad de medios entre las partes, otorgando a una de ellas ventajas procesales arbitrarias” (Definición otorgada por Wikipedia). La indefensión política, es una construcción conceptual, o un neologismo, al que tenemos que acudir para describir la situación en la que los ciudadanos de la Provincia Argentina de Corrientes, nos vemos sometidos a padecer por parte de nuestra clase política reinante.
Sí bien es potestad absoluta el poder presentar por parte de los señores legisladores, como del ejecutivo, proyectos ante la legislatura local, para ser tratados y analizados de acuerdo a su andamiaje, perfectamente determinado por el ordenamiento jurídico, no es menos cierto, que todos los hombres que arribaron a situaciones de representación, circunstancial, lo hicieron no solamente por intermedio de partidos políticos, sino también, por plataformas o proyectos que estos debieron haber puesto de manifiesto, públicamente, en el tiempo electoral, como sus formas y maneras de financiamiento. Dejando de lado esto último, un aspecto nodal en el gobierno nacional actual y dando por sentado, que todos y cada uno de los partidos políticos de la Provincia de Corrientes, financiaron, ajustados a derecho y realidad  (es decir el gasto efectivo en las campañas y lo expresado en los papeles oficiales) sus respectivos senderos proselitistas, tenemos, como verdad inobjetable, que un tema crucial, como el de una reforma constitucional, no estuvo, si se la busca, tampoco estará, en ninguna plataforma de campaña, proyecto o planteo ante la ciudadanía.
Mal que le pueda pesar al actual Gobernador, quién seguramente tendrá la grandeza de entender que esto no es una cuestión ni contra él ni contra su investidura, sino a favor de la institucionalidad y la democracia, el hecho de que su fuerza política, presente un proyecto de reforma constitucional, constituye una clara defraudación a la ciudadanía que transfirió su poder para que se los represente en el ejecutivo como en el legislativo provincial y en ningún caso, se le anotició previamente (es decir en el tiempo que correspondiere, el de la campaña electoral) que esta cuestión de envergadura, sería planteada, usufructuando, en forma aviesa y mal intencionada, el poder cedido por el soberano.
La oposición, o el principal partido opositor, que como todas las fuerzas políticas, tiene viciado de origen la representatividad de lo partidario, constituye en gravosa su reacción, dado que deja en estado de abandono a la ciudadanía, entrando en una especie de juego perverso de poder, con el oficialismo, cuando, en un manifiesto suicidio político y ultimación democrática, plantea que el grupo de legisladores bajo tal signo político (como si fuese poco, el que a nivel nacional, tras la derrota electoral, está en la actualidad más en crisis en cuanto a su identidad, ideológica como estratégica y táctica) tomara una posición en un congreso partidario que será convocado a tal efecto dentro de unas semanas.
Este llamado al contubernio, a la camándula, a los arreglos oscuros y trasnochados, es música para los oídos del oficialismo, quién sabe, que redireccionando recursos públicos, para algún senador o diputado que se precie de peronista, contara más temprano que tarde, con la reforma constitucional que como dijimos nunca estuvo en los planteos, proyectos, plataformas ni ejes de campaña. Dentro de este desconcierto opositor, aquellos que por una posición casi futbolística u olímpica, de tener desde hace tiempo un candidato a gobernador, para el próximo turno sea por cuatro años, o dos como lo propone esta reforma ente otras cosas, se opondrán “in límine”, argumentan, pésimamente, que el tema no “está en la agenda de la gente”. Ellos, porque lo dicen en su calidad de representantes, ya representan a la ciudadanía, no necesitan ni a las encuestas, ni recorrer barrios, ni contactarse a diario con la gente, ni mucho menos sobretutelarna como hacen en este y otros tantos casos (es decir que es lo que piensa o siente esa “gente”) lo que tendrían que hacer, es como hombres públicos, instar a que se cumpla la ley, como lo expresamos, denunciar a los oficialistas, por defraudación a la ciudadanía, porque esta reforma no estuvo planteada, como debió haber estado, cuando los que hoy están en el gobierno eran candidatos. Pero no lo harán, no sólo porque, en algún caso, o en todos, son de la misma condición que los oficialistas, sino que tienen a su cuerpo de asesores, como material ocioso, edecanes y chambelanes que para lo único que están es para generarles un micro clima en donde se empachan de vanos y redundantes falsos elogios.
La carestía argumental, es abrumadora también en el proyecto del gobernador. Mal le hace a su calidad de jurista y de hombre de estado, el haber presentado las tristes líneas que hacen mención metafórica, a Robinson Crusoe para describir una cuestión política de relevancia, como si se tratase del último de los programas de radio de chismes de la politiquería, o citar a un centro de estudios, con el que además se firmó un convenio,  que fue apuntado por recibir fondos por parte de la Embajada de Gran Bretaña en la Argentina, en una provincia Malvinera como la nuestra, y de la cual, arribaron funcionarios del actual gobierno nacional, lo que la transforma en una institución netamente parcial y con claros intereses de otras naciones dentro de la “cocina política” de nuestro país.  
Pero lo caro que le puede salir, no ya al gobernador, sino a la provincia toda, este desaguisado de la reforma constitucional, es que caigamos en un estado asambleario, en la ruptura o disrupción de la paz social, en caso de que se continúe alejando a la ciudadanía de la discusión acerca de esta cuestión en concreto, intentando, en una falacia de las formas, que todo transcurra, entre gallos y medianoche, en el recinto de una legislatura que para ese entonces, puede estar vaciada de legitimidad y contra-restada en los espacios públicos.
Solicitamos a todos y cada uno de los medios que tengan en mano este documento que lo reproduzcan, aún estamos a tiempo de seguir en las formas y mantener la calma, de todos y cada uno de los actores sociales depende, abrimos un breve compás de espera, antes de actuar con los respectivos organismos internacionales up supra mencionados.
Finalmente, dejamos unas líneas argumentales más acerca de lo planteado, como documentación completa.
  

Ante las declaraciones públicas vertidas, tanto por el Gobernador de la Provincia de Corrientes, Dr. Ricardo Horacio Colombi, en relación a una decena de legisladores Provinciales que ofrecieron una conferencia pública, aduciendo que “No los conoce nadie y no tiene importancia lo que hagan” y lo manifestado por el Senador de la Provincia de Corrientes, el Dr. Noel Eugenio Breard, también en declaraciones públicas acerca del sistema político de su provincia, en relación a los partidos políticos “Son pymes (pequeñas y medianas empresas) electorales”, aducimos el gravoso y flagrante incumplimiento del artículo 38 de la Constitución Nacional ( Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático. Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información pública y la difusión de sus ideas. El Estado contribuye al sostenimiento económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes. Los partidos políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus fondos y patrimonio) por parte de todos y cada uno de los partido políticos de la Provincia de Corrientes (que han incumplido sistemáticamente todo y cada uno de los párrafos señalados por lo dispuesto por la Constitución, sobre todo en lo atinente al no llevar acabo elecciones internas para elegir sus candidatos y menos aún para determinar los lugares en que estos figuraron finalmente en los lugares de los frentes electorales de los cuales fueron parte en los comicios electorales) , parte integrante de la República Argentina, instando al cese inmediato y revocatorio de la legitimidad que aducen tener los legisladores provinciales, tanto de Diputados como de Senadores, ungidos en los últimos dos turnos electorales, dado que y tal como lo expresan públicamente, el gobernador de la provincia y el senador citado, no se corresponden con el espíritu que sostiene lo establecido, meridianamente por el artículo 38 de la Constitución Nacional .
La partidocracia Correntina o del sistema antidemocrático imperante. 

No son pocos los que encontraron en la disposición constitucional que considera a los partidos políticos pilares fundamentales de la democracia (Artículo 38. CN), la excusa normativa, la petición de principio (tipo de falacia de la que nos advirtiera  Aristóteles) mediante la cual ejercen una democracia formal, inauténtica, o totalmente opuesta y adversa a su misma definición histórica como teórica. Sacralizado y totemizado el ideario del partido político, este se esfuma, se disipa, se difumina y se termina por extinguir, para consagrarse como una suerte de axioma inexpugnable, que da surgimiento a lo democrático, paradójicamente, desde un accionar antidemocrático.  La oferta o propuesta que brinda a la ciudadanía para que esta sea representada, sin que los propios integrantes o representantes a ulterior, arriben a tal condición de candidatos, mediante la única herramienta que valida nuestro supuesto sistema de representación; el voto del miembro del partido o del independiente en el caso de que lo permitieran las diferentes cartas orgánicas de cada espacio político. 
 Los partidos políticos se constituyen como pilares de la democracia, de acuerdo al artículo constitucional número 38, sin que se le exija normativamente que elijan sus representantes que ofertan,  más luego, al conjunto de la ciudadanía mediante elecciones internas o sin que se les impele a que ejerzan esa dinámica democrática imprescindible, so pena de que no lo hicieren, de que se le retire su personería jurídica. A nivel nacional, se dispuso una legislación que insta a las agrupaciones políticas a que lleven a cabo, Primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, bajo este sentir profundamente democrático. Precisamente por vericuetos leguleyos, afincados en la definición supuestamente federalista, es atributo de las provincias, determinar sus propios ordenamientos legales en la temática electoral.
El problema aquí planteado, se suscita cuando ciertas provincias, se agazapan, se ocultan, antidemocráticamente en este principio federalista, para birlar, el otro gran principio ordenador, rector y conceptual de nuestro estado nación,  la forma representativa adoptada de acuerdo al primer artículo de la Constitución Nacional.
La única herramienta válida, tanto legal como legítima para que exista la representación, es la manifestación de la voluntad del voto soberano, en el marco de elecciones libres que de tal forma constituyen la democracia expresada en su sentido lato.
Sí determinadas provincias, bajo la argucia up supra señalada, o no legislaron o lo hicieron anticonstitucional y antidemocráticamente, a los efectos de no exigirles a los partidos políticos distritales o provinciales, que ejerzan la obligada democracia interna o elecciones para que determinen sus candidatos representativos bajo esta única vía aceptable, se le debe aplicar la normativa nacional, ipso facto, para preservar la condición representativa, republicana y federal.
Sería harto redundante el auscultar, aunque lo haremos sintéticamente, que en estos distritos en donde la democracia pasa a ser una expresión de deseo, los partidos políticos, como esos entes totémicos, son nada más que cáscaras vacíos de contenido pero de alto valor simbólico.
Ataviados de miles de afiliados, adherentes o participantes, a los que nunca se les ha solicitado que ratifiquen o rectifiquen su condición de tales, cuando son más que numerosas las denuncias de afiliaciones de hecho, intempestivas o falsificando la firma de los supuestos integrantes, jamás el corpus normativo exigió una ratificatoria de participantes reales de los partidos políticos, en tiempos, en donde la técnica, mediante instrumentos como la firma digital, el contrato por correo electrónico, bien podrían hacer de este necesario e indispensable acto en favor de la transparencia democrática, un trámite ágil y sencillo.
La disposición normativa de que los partidos deben tender a la capacitación de sus miembros, es de cumplimiento tan efectivo, como el relleno de sus libros contables que bien en lo formal, podrían estar prolijamente al día, sin embargo basta, con recorrer los inmuebles en donde se dicen asentar, o donde fijaron domicilio legal los partidos y en la mayoría de los casos son las casas particulares de sus presidentes o dueños, terrenos baldíos o instalaciones en desuso o abandonadas.
La necesidad de exigir a todos y cada uno de los partidos políticos, en los distritos en donde no estén adheridos a las Paso, que elijan sus candidatos o representantes, por la vía democrática electoral, no es óbice para horadar los partidos, sino contrariamente, el consolidarlos, el hacerlos democráticos y no entidades gregarias, esclerotizadas y obtusas en franco incumplimiento constitucional en el caso de que no posean una dinámica electoral interna al menos en los últimos seis años o tres últimas elecciones generales en las que participo como tal.
No se trata de cuestionar al partido en cuanto tal como única posibilidad para que un ciudadano se presente como candidato a la representatividad, esto no sólo que ya se discutió, sino que ha sido cosa juzgada por diferentes tribunales, aquí ponemos el acento en algo mucho más neurálgico, grave  y preocupante.
Sí todavía aún los diferentes sintagmas hasta ahora utilizados no permitieron que decodifique claramente lo que estamos afirmando, es menester, resaltar, precisamente que en los distritos en donde la ley no exige a los partidos políticos que diriman sus candidaturas mediante voto, se está incumpliendo el eje conceptual de disposiciones constitucionales, tan decisorias que en tales sitios no puede afirmarse que se viva en democracia.
El bien jurídico mayor de cualquier ciudadano ante un derecho colectivo es que le sea garantizado una vida en democracia, y cuando esto no ocurre, el mismo ciudadano debe agotar las instancias para llevar adelante este reclamo en todas las sedes y ante todas las instancias judiciales. No podrían objetarse ante esto, cuestiones metodológicas o de fueros, la justicia en cuanto tal, debe preservar y hacer cumplir el precepto democrático por antonomasia, que los candidatos de  los diferentes partidos se elijan por voto popular, sean únicamente de los miembros de los respectivos partidos o de estos y los independientes.
A diferencia de lo que podría ser un artículo en el ámbito académico, o en las fundamentaciones para respaldar proyectos parlamentarios, no creemos necesario el citar lo mil y un autores a los que claramente le podríamos hacer decir algo que sirva de referencia conceptual o intelectual. Sería un despropósito, pues creemos que nadie, que sea medianamente citado en forma razonable, se desempeñe en el ámbito jurídico, filosófico o intelectual en general, estaría de desacuerdo, con que primero es la democracia, luego los partidos y finalmente los candidatos presentados para representar a los ciudadanos, que otorgan o ceden sus derechos  políticos mediante el voto o sufragio, esta cadena o círculo que se le enseña a cualquier niño en los primeros tiempos de ciencias sociales o educación cívica, es básicamente de lo que trata el artículo primero de la constitución, y que genera que exista el 38 como los demás, estamos hablando de lo democrático, de su esencia y de su razón de ser.
Sería más fácil que encontremos autores que respalden sistemas políticos democráticos en las formas, pero no en los hechos, que puedan sostener que lo más determinante son estructuras o pilares que se les llama partidos  y que no importa como escojan sus candidatos, sino que a partir de estas estructuras nace o surge lo democrático. Llevar a cabo una argumentación en este sentido, sería, en la metáfora coloquial, poner el carro delante del caballo, y ninguna persona con sentido común o respetando el principio de no contradicción podría defender que existan distritos en una democracia representativa en donde sus partidos válidos no eligen sus candidatos mediante voto del soberano.
Finalmente y sí bien tampoco el presente pretende ser los inicios de una tesina que precisa de su confirmación en el terreno fáctico, la comprobación en el campo, es rápida y fácilmente demostrable con lo que sucede en un distrito en donde la ley no determina que sus partidos deban elegir sus candidatos representativos por elección, violando lo democrático o socavando su razón de ser, como la provincia de Corrientes.
Corrientes, con 38 partidos habilitados,  se encuentra  entre las 4 provincias con mayor cantidad de partidos activos en el país, detrás de Buenos Aires que tiene 71 partidos, Capital Federal 54 y Córdoba con 41 agrupaciones políticas. Esta información lo brindó la Cámara Nacional Electoral, en diciembre último y como si fuese producto de la coincidencia, la Secretaría electoral nacional, hubo de informar en 2013 que Corrientes es la primera provincia en cuanto a cantidad de afiliados en relación a la cantidad de electores, dado que más del 50% del padrón electoral figura afiliado a algún partido político.
Esta excepcionalidad en el marco nacional, que haría dar cuenta  de una intensa vida política en el seno de sus diferentes partidos políticos por parte de los correntinos, sin embargo y paradojal y gravosamente para la vida democrática, no se vio cumplimentada en la práctica o en su correlato fáctico. En los últimos diez años de los casi cuarenta partidos políticos, que aglutinan a más de la mitad del padrón electoral o ciudadano en el término específico de Corrientes, sólo un partido, en una instancia, eligió a sus candidatos vía elecciones internas, el otro que lo hizo la ejerció para cargos partidarios, también en una sola instancia; la excepción que confirma la regla de la no existencia de condiciones democráticas en la vida política de la Provincia de Corrientes.
Conforme al espíritu del artículo 21 de la Constitución nacional se insta a los ciudadanos de la provincia a que accionan judicialmente para que se pueda vivir democráticamente y que los partidos políticos en su condición de pilares del sistema democrático, se vean en la obligación de ejercer la democracia interna o la elección de sus candidatos vía el voto de sus afiliados o de estos y los independientes, so pena de que en caso de no cumplimiento se les quite en forma inmediata la personería jurídica por el expreso incumplimiento de los preceptos constitucionales y por ende democráticos.
Se deja en claro que la pretensión no es hacer ni discutir ciencia, a partir de la premisa de que la filosofía política, de un tiempo a esta parte, no viene discutiendo, nada o casi nada, que establezca consideraciones radicales que propongan un estado de cosas, (discutir la misma noción de estado dentro de ellas) que difiera, al menos, discursivamente, de una inercia en la que se podría decir que estamos sometidos, desde los primeros libros de consideraciones políticas tal como la conocemos. A diferencia, de lo que ocurre, por ejemplo, con otro campo, extenso de lo filosófico, como el ontológico, en donde las perspectivas, no sólo que han sido y son, de diversidades insondables, sino que además interpelan, a la confrontación de la experiencia metafísica, del cabo a rabo del fenómeno humano. Se entiende que podrán alegar, que esta consideración pueda ser catalogada de logomaquia o pecaminosa por insustancialidad académica, sin embargo, el registro de los hechos de nuestras democracias occidentales actuales nos impele a pensar, utilizando la filosofía política para ello, por más que como se considera, esto mismo sea un oxímoron.
Sí este campo nos está vedado, o por las propias imposiciones del poder, está cerrado para poder pretender un análisis de lo político, que vaya más allá de la filosofía política, que no filosofa políticamente, iremos por el sendero de lo que clínicamente se considera normal o anormal en términos psicológicos, de forma tal de encontrar, en qué lugar del análisis estamos.
Estudios e investigaciones determinaron el siguiente test, para descubrir comportamiento psicopático:
“Una mujer está en el entierro de su madre junto a su hermana,  y de repente ve un apuesto señor apoyado en un árbol del cementerio mirándola fijamente. Está lloviendo y ella se acerca a él para refugiarse en su enorme paraguas negro. La mujer, sonrojada, lo mira intensamente… Durante los días siguientes lo sigue, lo busca, lo ve… y poco a poco se enamora locamente de él, pero nunca le dice nada. Un día, le pierde la pista. Lo busca sin éxito y pasan varios días sin volver a verlo. Un buen día la mujer mata a su hermana.”
La mujer mata a la hermana para volver a ver al hombre que la enamoró en el entierro de su viudo.
Tener una política o una representación de políticos psicopáticos, sería que cada dos años o cierto tiempo, sólo ejerzan un comportamiento democrático, para citarnos, solamente a votar, sin más.
“Es increíble como un pueblo, en cuanto está sometido, cae tan repentinamente en un profundo olvido de la libertad, tanto que no puede despertarse para recuperarla, sometiéndose tan fácil y voluntariamente, que se diría al verlo que no ha perdido su libertad, sino ganado su servidumbre. Es verdad que al comienzo se somete obligado y vencido por la fuerza; pero los que vienen después sirven sin disgusto y hacen voluntariamente lo que los anteriores habían hecho obligados. Por esto, los hombres bajo el yugo, alimentados y educados en la servidumbre,  se contentan con vivir como han nacido sin cuidarse de nada; y ni piensan en tener otro bien ni otro derecho que el que le fue dado, y toman por natural el estado de su nacimiento. (“Discurso de la Servidumbre voluntaria”. Étienne de la Boétie. Pp 38-39. Editorial Colihue).
 Sí los ciudadanos no somos capaces de despojarnos de la servidumbre voluntaria y continuar sometidos a políticos con comportamientos psicopáticos, no sólo hablaría de nuestra enfermedad social, sino también de nuestro propio incumplimiento con la Constitución, dado que dejaríamos nuestra condición de seres humanos.
La única herramienta válida, tanto legal como legítima para que exista la representación, es la manifestación de la voluntad del voto soberano, en el marco de elecciones libres que de tal forma constituyen la democracia expresada en su sentido lato.
Sí hablamos de legitimidad, no sólo debemos hacerlo, diferenciándola, de la legalidad, sino estableciendo una meridiana diferencia entre la legitimidad parcial versus la legitimidad absoluta, la primera que es la válida y la única razonablemente cierta que puede otorgar el ciudadano a sus mandantes y la segunda, la que cree tener el representado cuando absorbe la cesión de la ciudadanía, para luego cometer los latrocinios por todos conocidos, que supuestamente, controla o controlaría, estos excesos, otro poder de un estado constituido que sería el poder judicial, cuyos miembros no son elegidos, paradigmáticamente por el voto de la gente. Esta razón de la legitimidad parcial, podría encontrarse observada explícitamente, en que el ciudadano al delegar su representatividad, lo haga no sólo por el término de una elección a otra, sino también bajo ejes conceptuales, que vayan más allá de lo temporal. Un ejemplo concreto sería que los representantes, no puedan, es decir tengan su legitimidad parcial o vetada, para introducir reformas constitucionales o electorales. Los mismos que conducen el juego, no deberían, asimismo estar posibilitados para cambiar esas reglas a su antojo o discrecionalidad. Toda reforma debe ser ad referéndum, bajo consulta obligada a la ciudadanía, de lo contrario se irrumpiría la parcialidad natural que nos insta como seres humanos. Todo lo absoluto, así se trate de una falsa idea de libertad, conduce inevitablemente a lo totalitario.
La democracia sí ha caído producto de los desmanejos de cierta clase política en un juego maquinal, como lo puede ser una tragamonedas o cualquiera que estipule el azar como factor determinante, debe re-escribirse, re-interpretarse, de lo contrario, sostener que lo político, mediante lo democrático es un juego adictivo de cierta clase dirigente para con las mayorías no tiene razón de ser, pues así como alguien sostuvo que dios no pudo haber jugado a los dados con nosotros, no podemos seguir siendo siervos, de quiénes, muy probablemente, hasta no puedan estar libre de afecciones que les nublen en buen entendimiento.
Las libertades políticas y en concreto, la libertad de expresión política pueden resultar contraproducentes sí, realmente, incluyen el derecho a la expresión subversiva, es decir, el derecho a la resistencia y a la revolución, el derecho a la desobediencia civil. Este es un tema que siempre ha puesto en difícil aprieto a todos los teóricos de los gobiernos representativos y legítimos.
"El derecho de sedición debe ser respetado, salvo en el caso de peligro claro y presente, el cuál obligaría a restringir las libertades políticas" Rawls.
                                                              Centro Estudios Políticos “Desiderio Sosa”. Corrientes. Argentina